Dos semanas luego de que el Senado aprobara las facultades legislativas solicitadas por el Gobierno de Keiko Fujimori, el Poder Ejecutivo promulgó el primer decreto legislativo vinculado a la seguridad ciudadana. El documento legal publcado por el Diario El Peruano autoriza la participación excepcional y temporal de las Fuerzas Armadas en la seguridad externa de penales declarados en estado de emergencia.
La norma busca reforzar el control ante el hacinamiento y la presencia de internos vinculados con organizaciones criminales que dirigen actividades delictivas desde prisión. El decreto establece que la intervención militar debe ajustarse a los límites de cada declaración de emergencia y coordinarse con el Instituto Nacional Penitenciario y la Policía Nacional del Perú.
De acuerdo con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el sistema penitenciario albergaba, hasta agosto de 2026, a más de 107.000 internos pese a contar con una capacidad aproximada de 42.000 plazas. La situación incluye a 494 internos relacionados con 217 organizaciones criminales, entre ellas facciones del Tren de Aragua.
Las Fuerzas Armadas podrán reforzar la vigilancia del perímetro, las vías de acceso, los torreones y otros puntos externos considerados críticos en los establecimientos penitenciarios bajo emergencia. La seguridad al interior de las cárceles seguirá a cargo del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe).
El Decreto Legislativo 1742 también habilita la instalación de anillos de seguridad, patrullajes, tareas de reconocimiento e inteligencia en las zonas exteriores de influencia penitenciaria. También contempla el apoyo militar en controles de ingreso de visitas, proveedores y personal, dentro de las competencias que correspondan a cada institución.
Las áreas de influencia penitenciaria deberán ser delimitadas por el INPE, en coordinación con la Policía, las Fuerzas Armadas y otras entidades competentes, dentro de los cinco días posteriores a la declaración de emergencia. Esa delimitación tendrá carácter operativo y no podrá ampliar el ámbito geográfico fijado por el estado de excepción.
La disposición autoriza la detección, identificación, interceptación o neutralización de drones y otros dispositivos aéreos no autorizados que comprometan la seguridad externa de los penales. También faculta la instalación y operación de inhibidores y detectores de señales de telecomunicaciones, con medidas para evitar interferencias perjudiciales en las zonas cercanas.
Las Fuerzas Armadas podrán colaborar en la detección y desmontaje de antenas, repetidores y equipos de telecomunicaciones ilegales, junto con la Policía Nacional y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El ministerio deberá atender con prioridad las solicitudes de verificación técnica vinculadas con esas intervenciones.
El presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta, afirmó que la decisión apunta a “recuperar el orden en las cárceles y cortar de raíz el ingreso de objetos prohibidos y desarticular las conexiones que mantienen los criminales con el exterior”.
El apoyo militar también podrá incluir transporte aéreo, terrestre, fluvial o lacustre para el traslado de internos de alta peligrosidad, además de evacuaciones, comunicaciones, logística y asistencia ante desastres naturales, amenazas de fuga o rescate y otras contingencias penitenciarias.
La norma complementa el estado de emergencia prorrogado hasta enero de 2027 en los penales de alta peligrosidad de Challapalca, Cochamarca, Miguel Castro Castro, Ancón I y El Milagro. Su implementación se financiará con los presupuestos de las entidades involucradas, sin recursos adicionales del Tesoro Público.
Fuente: Infobae Perú. Leer en el medio original.