La nueva regulación establece reglas comunes para los pagos con códigos QR.

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El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) aprobó la Circular N° 0028-2026-BCRP, que establece el nuevo Reglamento del Uso de Códigos de Respuesta Rápida (QR) en Servicios de Pago y crea el Estándar QR Perú. La medida busca fortalecer la interoperabilidad, facilitar la incorporación de nuevos participantes y funcionalidades, y reforzar la seguridad de los pagos digitales. El Reglamento actualiza el marco vigente desde 2020. Mientras que la regulación anterior se centraba principalmente en los pagos a comercios, la nueva establece reglas comunes para distintos servicios de pago: Estas reglas se aplicarán independientemente de la infraestructura a través de la cual se procese cada operación.

Es un conjunto de reglas, campos y criterios técnicos comunes para generar, leer, interpretar y procesar los códigos QR utilizados en servicios de pago. Está basado en las especificaciones internacionales de EMVCo. Actualmente, las soluciones de pago pueden utilizar campos, identificadores y mecanismos de procesamiento distintos, lo que exige desarrollos específicos para conectarlas entre sí. El nuevo estándar establece una estructura común para reducir esa necesidad.

Con ello, se busca: LLa Circular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, es decir desde sábado 7 de noviembre, y dejará sin efecto la Circular N.° 0003-2020-BCRP, sin perjuicio de las disposiciones transitorias para los códigos QR actualmente en uso. El Reglamento establece obligaciones según las funciones que cada entidad desempeñe en los pagos con códigos QR, distinguiendo entre Generadores, Proveedores y Lectores de Códigos QR.Los Generadores deberán asegurar que los códigos QR cumplan con el Estándar QR Perú y puedan ser leídos, validados y procesados de manera interoperable.

Los Proveedores, que ponen los códigos a disposición de los comercios u otros beneficiarios, deberán adoptar medidas que aseguren su correcta utilización y prevengan su alteración o suplantación. Por su parte, los Lectores deberán interpretar adecuadamente la información contenida en los códigos, verificar su integridad y mostrar al usuario la información relevante de la operación antes de su confirmación.La regulación incorpora, además, obligaciones comunes en materia de seguridad, prevención de fraudes, trazabilidad, gestión de riesgos, atención de reclamos y continuidad operativa.

La Circular crea el Registro QR Perú, administrado por el BCRP, que permitirá identificar a las entidades que intervienen en el ecosistema y las funciones que desempeñan como Generadores, Proveedores o Lectores de Códigos QR.Las entidades comprendidas en el Reglamento deberán inscribirse antes de desempeñar estas funciones y mantener actualizada su información. El listado de entidades inscritas será publicado en el Portal Institucional del BCRP.

Datos clave

  • Fuente: Gestion
  • Fecha: 06/11/2026 14:01
  • Lugar: Lima, Perú

Con información de Gestion. Leer la nota original.